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Deudores alimentarios ¿Cómo afecta al perfil crediticio?

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En Uruguay, la ley N.° 17957 (Registros públicos. Deudores alimentarios), establece los criterios para la inscripción de los morosos alimentarios.

En este artículo haremos un breve repaso de lo que se considera ser un deudor alimentario, y de los efectos que conlleva estar registrado como moroso al momento de solicitar financiación, ya sea a través de un crédito, un préstamo personal, o con una tarjeta de crédito.

 

Tabla de contenidos

 

Resumen informativo
  • Un deudor alimentario en Uruguay es alguien que adeuda más de tres cuotas alimenticias y está obligado por sentencia o convenio judicial.
  • Los deudores alimentarios se registran en el Registro Nacional de Actos Personales, Sección Interdicciones.
  • La inscripción de un deudor alimentario en el registro tiene una duración de 5 años y puede ser renovada por el Juez si se mantienen las condiciones.
  • Las instituciones financieras en Uruguay no pueden otorgar créditos ni abrir cuentas bancarias a personas registradas como deudores alimentarios.
  • El perfil crediticio se ve afectado negativamente para aquellos que están registrados como deudores alimentarios, lo que dificulta la obtención de financiamiento.

¿Qué es un deudor alimentario?

Según se establece en la ley N.° 17957, un deudor alimentario son aquellas personas que reúnan, de manera acumulada, las características que transcribimos del texto de la mencionada ley:

"A) Que estén obligadas a servir una pensión alimenticia cuyos beneficiarios sean niños o niñas o adolescentes, menores de veintiún años, o mayores de veintiún años si se trata de personas discapacitadas, habiendo nacido la obligación por sentencia ejecutoriada o convenio homologado judicialmente.

B) Que adeuden más de tres cuotas alimenticias, total o parcialmente, ya sea que se trate de alimentos provisorios o definitivos.

C) Que previamente se le haya intimado judicialmente los adeudos y que el obligado no haya probado fehacientemente que carece momentáneamente de recursos para afrontar las obligaciones alimenticias. Una vez que sea intimado, si el obligado se encontrare imposibilitado de cumplir, la tramitación de la oposición se realizará por la vía incidental.

D)  No será procedente la inscripción en el Registro Nacional de Actos Personales, Sección Interdicciones, cuando de oficio o a petición de parte se acredite que existe una acción de rebaja o de exoneración de la pensión alimenticia no abonada por el obligado, iniciada con anterioridad a la petición de inscripción y esté pendiente de resolución definitiva."

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¿En dónde se registran los morosos alimentarios?

Las personas que sean deudores alimentarios se inscriben en el Registro Nacional de Actos Personales, en la sección Interdicciones.

En ese registro persisten los siguientes datos del moroso:

  • Nombre y apellidos.
  • Domicilio.
  • Número de documento (Cédula de Identidad, o el documento que corresponda).
  • El monto adeudado y la cantidad de cuotas de pensiones incumplidas.
  • Nombres, apellidos y el domicilio de los beneficiarios.

¿Cuánto tiempo persiste en el registro un deudor alimentario?

En el artículo 7, de la ley N.° 17957 se establece que la inscripción en el Registro Nacional de Actos Personales, tendrá una duración de 5 años. Una vez transcurrido el plazo se dará de baja de oficio.

Pasado ese periodo de 5 años, el Juez puede ordenar la reinscripción en el registro si se comprueba que la persona sigue configurando los extremos establecidos en el artículo 2 de dicha ley, es decir: si la situación está incambiada sigue siendo deudor. 

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En el caso de que se acredite que el deudor alimentario canceló la deuda, se dispondrá la baja del registro.

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¿Cómo ser un deudor alimentario afecta al perfil crediticio?

El perfil crediticio es el resultado de una serie de datos que determina el potencial de cada individuo para tomar crédito; es una forma de medir el riesgo de prestarse dinero. 

Para conformar el perfil crediticio se consulta a la base del Clearing de Informes, la categoría de deudor en el sistema Central del Riesgo del BCU, la base de datos de LIDECO, entre otras fuentes de información consultadas.

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En el caso de las personas que sean deudores alimentarios, en artículo 2 de la ley N.° 18244 (Deudores morosos alimentarios. Comunicación de la interdicción al Banco Central del Uruguay y a la Auditoria Interna de la Nación), se menciona que las instituciones no podrán otorgarle créditos, ya sean estos nuevos o renovación, así como tampoco:

Las instituciones financieras están sujetas al control del Banco Central del Uruguay; transgredir la prohibición de otorgarles préstamos, crédito y emitir tarjeta a una persona que se encuentra registrada como moroso alimentario, puede ser objeto de sanciones, concretamente multas de 20 Unidades Indexadas.

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Algunas instituciones, como es el caso del BBVA, hacen explícito en sus requisitos para acceder a un préstamo o crédito, que el solicitante no puede estar registrado como moroso alimentario.

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